Inlägg

La Constitución de Haya de la Torre

 Constitución Política del Perú - 12 de julio de 1979 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERU TÍTULO I DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES DE LA PERSONA  CAPÍTULO I DE LA PERSONA Artículo 1.•La persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado. Todos tienen la obligación de respetarla y protegerla. Artículo 2.•Toda persona tiene derecho: 1.- A la vida, a un nombre propio, a la integridad física y al libre desenvolvimiento de su personalidad. Al que esta por nacer se le considera nacido para todo lo que le favorece. 2.- A la igualdad ante la ley, sin discriminación alguna por razón de sexo, raza, religión, opinión e idioma. El varón y la mujer tienen iguales oportunidades y responsabilidades. La ley reconoce a la mujer derechos no menores que al varón. 3.- A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada. No hay persecución por razón de ideas o creencias. El ejercicio público de todas las confesiones es libre, siempre que no ofenda a la moral o altere el orden pú
Nya inlägg